¿Cuáles son tus derechos en un despido por causa justificada? Esto es lo que deberías saber

Según la Fundación Nicaragúense para el Desarrollo Económico y Social (FUNIDES), estima que en el año 2018 y 2019 un total de 106 mil personas perdieron sus empleos como consecuencia de la recesión económica y este año otras 10 mil transitarán por ese proceso. De ahí que todo trabajador conozca sus derechos laborales.

Hola a todos/as, estimados lectores de Columna Jurídica, en esta ocasión les comparto un tema de suma importancia en aras del derecho laboral, se trata acerca del despido por causa justificada y sus implicancias en los derechos del trabajador, porque a fin de cuentas cabe realizarnos la siguiente pregunta: ¿Marca alguna diferencia la forma en cómo se liquida al trabajador cuando este renuncia o es despedido? Y SÍ, los efectos jurídicos que establece nuestro Código de Trabajo para cada modalidad de terminación de la relación laboral son distintos en función del pago de prestaciones laborales.

De manera general, el despido por causa justa infiere una grave violación por parte del trabajador a las condiciones contractuales de su contrato de trabajo o convenio colectivo y/o a los deberes establecidos en el Código del Trabajo especialmente en el Art. 17 CT.

Al respecto, el Art. 48 del CT establece que el empleador puede dar por terminado el contrato de trabajo por tiempo determinado sin más responsabilidad que la establecida en el Art. 42 (del cual les hablaré posteriormente), cuando el trabajador incurra en cualquiera de las siguientes causales:

a) Falta grave de probidad;

b) Falta grave contra la vida e integridad física del empleador o de los compañeros de trabajo;

c) Expresión injuriosa o calumniosa contra el empleador que produzca desprestigio o daños económicos a la empresa;

d) Cualquier violación de las obligaciones que le imponga el contrato individual o reglamento interno, que hayan causado graves daños a la empresa.

El empleador podrá hacer valer este derecho dentro de los treinta días siguientes de haber tenido conocimiento del hecho.

¿Cuáles son los efectos jurídicos del despido por causa justa?

Previamente a la aplicación de un despido por causa justa, el empleador deberá acudir al Ministerio del Trabajo (MITRAB), para solicitar la cancelación del contrato por causa justa en vía administrativa de conciliación, en la que se dará audiencia al trabajador, de conformidad al Art. 48 del CT y al Art. 1 del ACUERDO MINISTERIAL No. JCHG-019-12-08, sobre el Procedimiento Administrativo Laboral Oral.

Una vez autorizado el despido el caso pasará al Inspector General del Trabajo si apelare de la resolución cualquiera de las partes sin perjuicio del derecho del agraviado de recurrir a la vía judicial. Es decir, a pesar de haberse ordenado el despido en vía administrativa, el agraviado podrá ejercer su derecho de refutarlo en la vía judicial laboral correspondiente.

Al ser ratificado el despido por causa justa, el trabajador pierde la indemnización por antigüedad (liquidación), y solamente tendrá derecho a que se le pague de manera proporcional las prestaciones sociales tales como vacaciones y aguinaldo que tuviere derecho al momento de finalizar la relación laboral, de conformidad al Art. 42 del Código del Trabajo.

Importante: cabe destacar que si el empleador no acude ante el MITRAB a interponer el proceso de cancelación de contrato en los 30 días que la ley mandata, se tendrá por presunto el despido violatorio de derechos laborales, por lo cual, el trabajador podrá hacer valer sus pretensiones en la vía judicial laboral.

¿Tienes preguntas? Comenta.

Me suscribo de todos y cada uno de ustedes.

2 comentarios sobre “¿Cuáles son tus derechos en un despido por causa justificada? Esto es lo que deberías saber

  1. Buenos días estimado, me ha quedado muy claro, ahora sé muy bien las diferencias del despido por causa justa y causa injustificada, una consulta, o má bien dos, ¿En Cuánto tiempo la autoridad administrativa debe resolver? ¿ Si el empleador despide al trabajador sin acudir al trámite conciliatorio, ésta acción se convierte en despido injustificado?

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    1. Hola, estimado. Gracias por tu comentario.
      Con relación a tu primer pregunta, el conciliador del Ministerio del Trabajo resolverá el caso dentro de los siguientes 5 días hábiles de concluida la audiencia probatoria de conciliación.
      Con relación a la segunda tienes razón, el despido se interpretaría en ese caso como injustificado, prevaleciendo el derecho del trabajador de solicitar el pago de sus prestaciones laborales en la vía ordinaria judicial laboral.

      Saludos.

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